Kaiso Colaborador
Cantidad de envíos : 1334 Edad : 41 Localización : Huelva
| Tema: Ordenanza Municipal de Huelva sobre Perros Peligrosos 2000 Miér Sep 02, 2009 2:30 pm | |
| En la ordenanza no hace mencion a los perros peligrosos. Solo esto: "... Tendrá calificación de animal peligroso y, por tanto, podrá ser comisado y/o sacrificado, sin perjuicio de la sanción que coresponda al propietario, poseedor o encargado, el animal que:
- Haya mordido o causado lesiones a personas o animales mas de dos veces en seis meses
- Haya protagonizado una agresión o ataque desmesudaro y/o peligroso.
Estos animales podrán ser trasladados a un establecimiento adecuado a cargo del propietario o del ayuntamiento hasdta la reolución del expediente sancionador..."" Artículo 32 ... Se establece un censo específico para perros considerados como peligrosos que serán: a) Los considerados perros de presa, de guarda o de defensa, los ejemplares que, segun sus características genéticas y/o adiestramiento, resulten idóneos para estas funciones y los resultantes de cruces de éstos en primera generación. b) Los que habiendo causado mordeduras o agresiones y que a propuesta de los Técnicos Veterinarios y Polocía Local, deban incluirse en dicho censo específico..."" Artículo 36
En la vía pública los perros circularán provistos de su identificación censal, y serán acompañados por su dueño o persona responsable y conducidos por éste mediante collar y correa o cadena, llevarán bozal cuando la peligrosidad del animal o las circunstancias sanitarias lo aconsejen y en todo caso cuando hayan agredido a personas en más de una ocasión, o se traten de animales incluidos en el censo de perros considerados como peligrosos que establece el artº 32, de la presente Ordenanza, y posteriores legislaciones que se dictarán al respectoHay que decir que [b]la Ordenanza Municipal prevalece en TODO CASO sobre la estatal o regional | |
|